domingo, 15 de mayo de 2016

Altas capacidades: detección, evaluación y más




¿Qué dice la ley?

Según la Ley Orgánica 2/2006 (LOE) las Administraciones educativas deben adoptar las medidas necesarieas para identificar y valorar de forma temprana al alumnado con Altas Capacidades así como aplicar las actuaciones necesarias para este alumnado. Además será el Gobierno el que establezca las normas para flexibilizar la duración de cada etapa del sistema educativo para ellos, independientemente de su edad (arts. 76 y 77). Asimismo la Ley Orgánica 8/2013 (LOMCE) añade que las Administraciones se encargarán de establecer los planes de actuación y programas de enriquecimiento curricular adecuados a las necesidades que planteen para que puedan desarrollar al máximo sus capacidades (art. 76)

En cuanto a la flexibilización escolar queda reflejada en:
  • RD 943/2003, que regula las condiciones para flexibilizar la duración de los diversos niveles y etapas del sistema educativo para los alumnos superdotados intelectualmente
  • Orden 14 julio 1999. Regula las condiciones y el procedimiento para flexibilizar, excepcionalmente, la duración del período de escolarización obligatoria del alumnado con NEE derivadas de condiciones personales de sobredotación intelectual.

¿Cuándo realizar la flexibilización?

Esta medida se adoptará cuando las medidas que propone el centro para atender a este alumnado, en la escolarización ordinaria, no sean suficientes para atender adecuadamente sus necesidades y su desarrollo integral (art. 5, RD 943/2003)

Requisitos

  • Evaluación sociopsicopedagógica acredite la sobredotación intelectual
  • Adquisición de objetivos correspondientes a la etapa, ciclo o curso en que se encuentre el alumn@
  • Las medidas adoptadas deben ser las más adecuadas para el desarrollo personal y social del alumn@.

 Medidas

  1. En infantil, anticipar un año de escolarización en 1º Primaria cuando la  de Infantil.
  2. En Primaria, reducir un año de escolarización, sin no se ha realizado la medida 1.
  3. En Secundaria, reducir un año la escolarización en la etapa.
  4. En niveles postobligatorios las medidas excepcionales estarán condicionadas por la calificación en las materias curriculares del curso anterior. Además afectará a la matriculación e inscripción en la PAU.

Procedimiento para solicitar la flexibilización

El director/a solicita la flexibilización a la Dirección Territorial de Cultura y Educación para el curso siguiente (1-30 abril) adjuntando a la solicitud:
  • Informe del Equipo docente coordinado por el tutor/a (anexo I, orden 14 julio 1999), incluye:
    • Información del profesor sobre competencia curricular, desarrollo y madurez personal, desarrollo social y otra información relevante.
    • Informe del Equipo docente o educativo acreditando que el alumno tiene adquiridos los objetivos globales del curso, tras la evaluación correspondiente, y proponiendo el adelanto de curso como una medida adecuada para su atención educativa.
  • Informe técnico del SPE o Dpto. de Orientación (anexo II, orden 14 julio 1999), incluye:
    • Datos del alumn@: nombre, fecha nacimiento, edad y curso que realiza.
    • Identificación del informe técnico: quién lo elabora, qué profesionales intervienen y cuándo tiene lugar.
    • Evaluación sociopsicopedagógica que incluya:
      • Información del alumno sobre su historia personal y escolar, valoración del desarrollo cognitivo, competencia curricular, estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, autoconcepto y autoestima y adaptación e interacción social
      • Información del contexto educativo: valoración de los contenidos de la programación de aula, de las estrategias de enseñanza y evaluación de los criterios y procedimientos.
      • Información del contexto familiar significativa para la respuesta educativa.
      • Información del contexto social
      • Determinación de las necesidades educativas del alumn@ en el nivel que se encuentra.
      • Previsión de las medidas de adaptación curricular y enriquecimiento necesarias si se lleva a cabo la flexibilización.
      • Justificación de que la anticipación o reducción de la escolarización es una medida adecuada para el alumn@.
  • Conformidad de los padres o tutores legales (anexo III, orden 14 julio 1999)
La Inspección de Educación elabora un informe valorando la idoneidad de la propuesta (anexo IV, orden 14 julio 1999) y lo adjuntará al expediente
El Director/a Territorial de Cultura y Educación resolverá en 30 días la propuesta comunicando la resolución a los interesados y al centro.

Contenido del informe técnico

  • Evaluación sociopsicopedagógia del alumnado que especifique las condiciones más importantes para adoptar la reducción o anticipación de la escolarización obligatoria.
  • Determinación de las necesidades educativas especiales del curso escolar actual
  • Previsión de las medidas de adaptación curricular y enriquecimiento tanto si se realiza la flexibilización como si no se considera adecuada
  • Justificación de la anticipación o reducción de la escolarización para responder a las necesidades detectadas.

Evaluación sociopsicopedagógica

Incluirá información relevante para determinar las necesidades educativas especiales del alumnado para adoptar, en caso necesario, la medida de flexibilización:
  • Informe sobre la historia y el desarrollo general del alumn@ que refleje los aspectos cognitivos, emocionales y de interacción social relevantes para la atención educativa.
  • Competencia curricular, valoración de la capacidad del alumn@ para adquirir los nuevos contenidos.
  • Factores del contexto educativos relevantes para la correcta atención del alumn@ incluyendo los aspectos referentes a la propuesta curricular (contenidos, metodología, evaluación, etc.) así como la previsión de idoneidad de la propuesta curricular de cada área.
  • Información del contexto familiar significativa para la respuesta educativa.
  • Información sobre el contexto social

¿Cómo se refleja en la documentación académica?

  • En el expediente académico con la expresión Flexibilización del Período Obligatorio de Escolarización: Reducción o Anticipación (especificar la que proceda)
  • En el Libro de Escolaridad de la Enseñanza Básica haciendo constar la fecha en la que se autoriza la medida
  • Si el alumno se traslada de centro se debe remitir copia de la Resolución de autorización, del informe de evaluación sociopsicopedagógica y de la adaptación curricular realizada.

Seguimiento

Será realizado por el SPE o departamento de orientación durante, al menos, dos cursos escolares desde que se aplique la medida.

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¿Cómo detectar y evaluar las Altas Capacidades?

Para detectar y/o evaluar las Altas Capacidades existen gran variedad de cuestionarios, test, etc., que podréis encontrar en la web Wikitalentos, así como en otras fuentes, entre ellos se encuentran:

(click sobre la imagen para acceder)
En esta web podréis encontrar más cuestionarios y fuentes de información que pueden ser de ayuda a la hora de identificar y evaluar las altas capacidades.


Modelos de informes de Evaluación Psicopedagógica


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Altas capacidades en Centros Educativos

Modelo de Enriquecimiento de Renzulli

En el Blog del psicólogo y orientador Roberto Ranz nos habla de este modelo de enriquecimiento de Renzulli para toda la escuela a través de las siguientes entradas:
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Guías

(Pincha sobre las imágenes para acceder a la guía)

  

 

 


Más guías...

Libros

  
  • Arocas, E. y Vera, G. (2012). Altas capacidades intelectuales: programas de enriquecimiento curricular. Madrid: CEPE
  • Artola, T., Barraca, J. y Mosteiro, P. (2005). Niños con altas capacidades : quiénes son y cómo tratarlos. Madrid: Entha.
  • Elices, J.A., Palazuelo, M.M. y del Caño, M. (2013). Alumnos con altas capacidades intelectuales: características, evaluación y respuesta educativa. Madrid: CEPE

   
  • Fernández-Reyes, M.T. y Sánchez-Chapela, M.T. (2010). Cómo ayudar a un hijo con altas capacidades intelectuales: guía para padres. Sevilla: MAD Díada.
  • Fernández-Reyes, M.T. y Sánchez-Chapela, M.T. (2010). Cómo saber si mi hijo tiene altas capacidades intelectuales : guía para padres. Sevilla: MAD Díada.
  • Fernández-Reyes, M.T. y Sánchez-Chapela, M.T. (2012). Dificultades asociadas a las altas capacidades intelectuales : guía para profesores y orientadores. Sevilla: Díada MAD
  • Gómez-Masdevall, M.T. y Mir, V. (2010). Altas capacidades en niños y niñas. Detección, identificación e intervención en la escuela y en la familia. Madrid: Narcea

   

  • López-Garzón, J.C. (2012). Didáctica para alumnos con altas capacidades. Madrid: Síntesis
  • Martín, M.P. (2004). Niños inteligentes: guía para desarrollar sus talentos y altas capacidades. Madrid: Palabra
  • Regadera, A. Sánchez-Carrillo, J.L. (2002). Identificación y tratamiento de los alumnos con altas capacidades. Adaptaciones curriculares Primaria y ESO. Valencia. Brief
  • Regadera, A. (2011). LA delgada línea azul de la inteligencia. Valencia: Brief

    


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